miércoles, 1 de diciembre de 2010

¿Cómo disminuir la morosidad en un condominio?

Comunicación y cuentas claras son armas secretas para debilitar los poderes de deudores inescrupulosos, despistados o en apuros.



En el edificio “Duratoa” del Conjunto Residencial “Juan Crisóstomo Falcón"

La cotidianidad es una batalla que se libra en cada pasillo, en cada mirada que se cruza en la puerta de la calle, o en las que se esquivan en el pasillo o escaleras. Ni siquiera una conversación trivial sobre el clima es capaz de alivianar el tenso ambiente entre vecinos de este edificio de 4 pisos con 8 apartamentos en cada uno, 32 en total.

Más de la mitad de sus propietarios, está solvente en el pago del condominio. La otra parte o el resto, se abstiene de pagar por razones y actitudes muy variadas. Una vecina, por ejemplo, se queja con ambas manos en la cintura: “algunos de los propietarios del edificio tienen el apartamento alquilado. Han dejado en manos de sus inquilinos el pago del condominio y ellos se hacen los locos. Hoy día son morosos y ni pendiente”.

Otro vecino, quien no paga el condominio desde hace varios meses da su versión también con el ceño fruncido, mientras saca la correspondencia del buzón: “tantos miles bolívares fuertes se gastaron en reparaciones en el edificio, ¡fin de mundo! A la asamblea en la que se tomó la decisión de esos gastos sólo asistieron los pocos (los únicos que siempre asisten) de los 32.

¡No pago ni muerto!, decreta, mientras camina por el pasillo. A esto añade el otro vecin@, quien comenta sobre el asunto; “la administradora no presenta cuentas, ¿cómo voy a pagar unas cuotas tan caras de condominio si uno no sabe en qué se gasta el dinero? Gracias a situaciones como éstas, en el edificio “Duratoa” en el C.R. “Juan Crisóstomo Falcón y  en cualquier comunidad de propiedad horizontal siempre es difícil enfrentar estas realidades.

Aquí les dejo algo que encontré leyendo por ahí, lo cual explica paso a paso cómo enfrentar la morosidad teniendo como herramienta básica la comunicación entre vecinos.

Antídoto contra morosos

(Instrucciones para enfrentar a los que no pagan) 
Aquí algunos  pasos que debe seguir una comunidad de vecinos para reducir la  mora en el pago de las cuotas de condominio:

1. “Definir en asamblea de propietarios el criterio de tolerancia con los atrasos. Es decir, cuántos meses adeudaría un propietario para ser considerado moroso.

2. Informar oportunamente a los propietarios que aquellos vecinos que acumulen la cantidad de meses establecida por la asamblea de propietarios para ser considerados morosos, deberán cancelar a partir de ese momento intereses de mora y gastos de cobranza.

3. Enviar un reclamo escrito al  deudor, como primer paso en el proceso de cobranza. Muchas juntas de condominio incurren en el error de iniciar un proceso legal al propietario sin ni siquiera haberle comunicado que ya es considerado moroso.

4. Si los esfuerzos son fallidos hasta este punto, entonces sí, el condominio debería solicitar el apoyo de un abogado para emprender acciones legales contra el vecino moroso. En la mayoría de los casos, o el abogado financia sus servicios hasta que el deudor salde su cuenta o el condominio asume los gastos es decir el resto de los vecinos que sí pagan, hasta que se cancele la deuda.

5. Si ni siquiera la gestión legal funciona, la misma ley prevé que la deuda prolongada permitirá el embargo del inmueble y en casos extremos su remate para recuperar la deuda.

Y para no olvidar:

Es vital “cumplir con las formalidades de la Ley de Propiedad Horizontal en cuanto a la cantidad mínima de propietarios que debe aprobar reparaciones o mejoras del inmueble en asamblea de vecinos (artículo 9). 

Lo que quiere decir que es preciso tener la ley a mano y cumplirla a la hora de tomar decisiones presupuestarias que afecten el bolsillo de la mayoría. Todos los propietarios tienen voz y voto en las asambleas.

Quienes no hayan podido asistir a las reuniones tienen derecho a recibir una copia de los acuerdos y soporte de los cargos en las facturas de condominio por ejemplo, recibos de pago de servicios comunes, etc”.


Fuente: www.micondominio.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario